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Advocate Claim Service, Inc

Líneas Gratuitas: 888-443-4403
Broward: 954-978-0886
Palm Beach: 561-962-0065
Miami-Dade: 305-744-5096
Fax: 954-978-9086

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Tiene Preguntas? … Tenemos las respuestas!

En Advocate Claim Service estamos contentos de poder ayudarlo de cualquier forma.  Algunas de las preguntas mas frecuentes incluyen las siguientes:

P – Mi techo esta goteando, debo reportar esto a mi compañía de seguros?
R – No, esto no esta cubierto en su póliza.  La reparación de su techo es un asunto de mantenimiento y no esta amparado en la póliza.  Esta solo cubre el daño subsecuente.

P – No estoy contento con mi indemnización.
R – Tiene hasta cinco anos  -desde la fecha del reclamo- para modificarlo.

P – Puedo cobrar el cheque, si no estoy de acuerdo con la indemnización?
R – Si, puede cobrarlo; esto no lo priva de solicitar indemnización adicional.

P – Si el cheque del seguro incluye a la compañía de la Hipoteca, como cobro el cheque?
R – Las leyes de la Florida requieren que las compañías de seguro notifiquen a las entidades hipotecarias acerca de su perdida.  Ud. debe hacer que su compañía Hipotecaria endose su cheque.  También los documentos de su hipoteca indican que se les notifique en caso de daño a la propiedad.  Recuerde que ellos le prestan el dinero y tiene el derecho de proteger su inversión. Necesitara hablar con su compañía Hipotecaria para saber que requieren ellos para asegurarse que Ud. reparo sus danos a su satisfacción.

P – Debo llamar a la compañía de seguros antes de contratar a un ajustador publico
R - No, el ajustador publico le ayudara a decidir si el reclamo esta cubierto en la póliza y si vale la pena reportar la perdida al seguro.  Las compañías de seguros mantienen un registro de sus llamadas y a menudo una llamada puede contar como un reclamo.  Esto puede aumentar la prima de su póliza aun cuando no haya deseado colocar el reclamo.

P – Me pueden cancelar el seguro después de un reclamo?
R – Si, la compañía de seguros puede hacer lo que le plazca.  Pueden aumentar la prima de la póliza o cancelarla después de un reclamo.  Básicamente ellos hacen las reglas y deciden si Ud. es un cliente beneficioso.  La advertencia es mantenerse alerta.

P – Debo utilizar el contratista de la compañía de seguros?
R - No, ellos a menudo tienen un programa de contratistas preferidos para ofrecerle, pero NO garantizan su trabajo. Solicite al contratista referencias de sus clientes, al igual que lo haría si tuviera que contratar uno independiente.  Recuerde, ellos reciben asignaciones de trabajos de las compañías de seguros, pregúntese, para quien trabajan ellos realmente?
P – La compañía de seguros requiere tres estimados por escrito.  Como lo hago?
R – No existe tal requerimiento en su póliza.  El ajustador publico elaborara el estimado de danos para usted y le ahorrara el problema de los tres estimados. Es mas, los estimados deben estar detallados por labor y muchos contratistas no lo hacen.  Si los estimados que usted presenta no están detallados la compañía de seguros los ignorara.  Muchos contratistas no tienen el conocimiento, la tecnología o el tiempo para hacer estimados gratuitos.
P – Mi contratista dice que el puede negociar mi reclamo?
R – Los únicos autorizados por el estado de La Florida para negociar y establecer una indemnización del seguro son:

  • El usuario de la póliza
  • Ajustador Publico
  • Abogado

P – El ajustador vino, tomo fotos y me dijo que estaba bien deshacerme de todo, pero dejo algunas cosas fuera del estimado?
R – Es su responsabilidad documentar su perdida o reclamo.  Muchos de estos “ajustadores de tormentas” vienen por temporadas y le dejan con el trabajo de probar sus danos después que se han ido de la ciudad. Si luego envían a otro ajustador, o un ajustador publico requiere fotos o los artículos dañados, usted no los puede presentar y la aseguradora no considerara ningún pago adicional. Ellos no tienen la obligación de mantener sus fotos o de darle a usted una copia.  Usted tiene que probar sus danos.

P – La compañía de seguros dice que la perdida no esta cubierta.  Aun puedo contratar un ajustador público?
R – Si, pero un ajustador publico solo toma casos si creen que deberían estar cubiertos.  Es por esto que es mejor entrevistarse con un ajustador público para que lo ayude con el proceso del reclamo.  Una vez que le nieguen el reclamo puede necesitar un abogado.

P – Tengo una gotera de agua, pero no se de donde viene?
R – Usted tiene la obligación de detener cualquier gotera y de mitigar el daño, de acuerdo con su póliza.  La aseguradora puede denegar su reclamo por no detener la gotera a tiempo.  Su reclamo no puede adelantarse hasta no saber la causa del daño y el estimado de perdidas no se puede hacer hasta que las reparaciones se hayan terminado.

P – La compañía de seguros me esta cobrando mas de un deducible por mi reclamo?
R – Cada causa de perdida tiene un deducible separado.  Si una tubería filtra hoy y luego filtra mañana, pueden cobrarle dos deducibles, pues son dos hechos separados.

P – Quisiera reportar mi reclamo y ver cuanto me pagan antes de contratar a un ajustador público.?
R – Muchos ajustadores públicos le cobraran mas por un reclamo ya presentado, ya que es mayor el trabajo de reversar problemas existentes antes que ellos tomaran el caso.

 

 

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